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Ibagué, Tolima, Colombia
Hola mi nombre es Jorge Ivan Idarraga Martinez, tengo 17 años y estudio ADSI en el Centro Agropecuario "la Granja". Este es mi Blog

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PocEDmieNToS SENA

miércoles, 5 de agosto de 2009 - - 0 Comments

PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCIÓN DE ACCIONES DE FORMACIÓN PROFESIONAL INTEGRAL
  • Referente teórico y definición
  • Referente teórico

El aprendiz como razón de ser del SENA

El Sena c
omo entidad responsable de cumplir con la función que le corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores formándolos para que puedan incorporarse en actividades que contribuyan al desarrollo social, económico, y tecnológico del país.
Significa que el aprendiz del SENA se considera como un proyecto en construcción y todo el proceso de formación es para la realización de ese ser humano. Y de contribuir a la construcción de un mejor país con las siguientes interrelaciones:

  • En la relación consigo mismo, para reflexionar su proyecto de vida.
  • Este proceso lo ayuda a crecer como persona comprometida con la vida.
  • Busca la capacitación de calidad y madurez humana del aprendiz.
  • Aprender a trabajar con los demás y en pro de la comunidad, construyendo relaciones armoniosas.
  • En su relación con la naturaleza, es a que el aprendiz se comprometa con la conservación de un medio ambiente sano.

Conceptualización y enfoque pedagógico

El componente pedagógico hace referencia a principios, conceptos, leyes o teorías que explican el comportamiento educativo para que el aprendiz en el proceso de Enseñanza-Aprendizaje-Evaluación, logre sus propósitos. El fin esencial del proceso pedagógico es el desarrollo integral del aprendiz.

La evaluación del aprendizaje

La evaluación del aprendizaje se asume como un proceso de investigación al aprendiz. Busca promover el espíritu investigativo, la autonomía personal; mediante el cual se identifica la evolución y crecimiento del aprendiz, teniendo en cuenta los tres saberes: el saber, el saber hacer, y el saber ser.

Los principios que rigen el proceso de evaluación del aprendizaje son:

  • Participación
  • Validez
  • Confiabilidad

En el Sena se utilizan dos valores para expresar el logro del aprendizaje o la carencia del logro:

Escala Valor cualitativo Valor numérico
A= APROBADO 4.5
D= DEFICIENTE 2.5

La evaluación del aprendizaje esta enfocada en evaluar conocimiento teórico. En el proceso de formación tanto en la Etapa electiva como en la productiva.

DEFINICIONES

  • Acción tutorial: Proceso orientado por el instructor. Actos administrativos: Acciones que se desarrollan en el centro de formación.
  • Actividades de enseñanza-Aprendizaje-Evaluacion: Acciones integradoras e integradas entre si, son objeto directo de aprendizaje.
  • Ambiente de aprendizaje: Entorno dado en el cual ocurren ciertas relaciones de trabajo formativo.
  • Ambiente educativo: Es el resultado de las interacciones que se dan dentro del proceso de formación.
  • Aprendizaje: Proceso mediante el cual el aprendiz asimila, aplica conocimientos, actitudes que lo hacen competente.
  • Aprendizaje virtual: Proceso de aprendizaje generado en ambientes de nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

  • Asesoría: orientación por parte del instructor.
  • Aula virtual: Entorno telemático en el cual el aprendiz tiene acceso a la red.
  • Cancelación de matricula: Acto administrativo que se originan cuando el aprendiz atenta contra el reglamento del Sena.
  • Comité de evaluación y seguimiento: Carácter consultivo en el cual asesoran al subdirector de centro en la toma de decisiones al proceso de avance de aprendices durante su formación.
  • Competencia: Conjunto de capacidades reales de la persona.
  • Condicionamiento de la matricula: Acto administrativo que se realiza cuando el aprendiz:
    - N o alcanza los logros de aprendizaje establecidos.
    - Cuenta con repetidos llamados de atención verbales y escritos a causa de indisciplina o incumplimiento de las normas.
  • Diagnostico: es un proceso de evaluación que estudia los aspectos que deben cambiarse o mejorarse en base de un proceso.
  • Diseño Curricular: consiste en organizar las Estructuras Curriculares en cada Programa de Formación y elaboración de los módulos.
  • Educación Permanente: es la educación adquirida por cualquier persona desde el momento de nacer.
  • Estilos de Aprendizaje: son las tendencias, la manera de aprender de una persona.
  • Estrategia de Aprendizaje: aplicación de técnicas y procedimientos de quien aprende.
  • Estrategias Metodológicas: uso de métodos combinados por el instructor y el aprendiz para obtener los resultados.
  • Estructura Cognoscitiva: contenido y organización de ideas de una persona.
  • Etapa Lectiva: fas en la que el aprendiz adquiere conocimiento en las Formación Profesional Integral.
  • Etapa Productiva: fas en la que el aprendiz aplica el conocimiento adquirido en la fase lectiva.
  • Evaluación del Aprendizaje: son los juicios que se le hacen al aprendiz en las fases lectiva y practica.
  • Evaluación Cualitativa: juicio de valor de los logros alcanzados por el aprendiz.
  • Evaluación Diagnostica: juicio que le hace el instructor al aprendiz al comienzo de la formación para ubicarlo en ese proceso.
  • Evaluación Formativa: es un proceso analítico realizado por el instructor para mejorar la formación.
  • Evidencias de Aprendizaje: son pruebas recolectadas con evidencias de desempeño ya su función es permitir los reconocer logros alcanzados por el aprendiz.
  • Evidencias de Conocimiento: está relacionado con el saber y el comprender del aprendiz.
  • Evidencias de Desempeño: son pruebas del saber hacer, en donde el aprendiz realiza una actividad y obtiene un resultado.
  • Evidencias de Producto: resultados obtenidos debido a una actividad ejecutada por el aprendiz.
  • Evidencias Previas de Aprendizaje: conocimiento que ha sido adquirido por el aprendiz y que dice lo que abe, sabe hacer y es.
  • Formación Titulada: está orientada a preparar a las personas para que se desempeñen en empresas productivas o sociales. Su duración oscila entre 880 y 352 horas.
  • Formación Complementaria: tipo de formación en la que se actualiza el conocimiento de las personas. Es de horario flexible por si hay personas vinculadas al mercado laboral.
  • Guía de Aprendizaje: recurso didáctico que facilita el aprendizaje del aprendiz.
  • Indicadores de Logro en el Aprendizaje: explicaciones de manera sintética que muestran la realidad del aprendiz frente al Resultado de Aprendizaje.
  • Instrumentos de Evaluación: conjunto de herramientas que usa el instructor y es apropiado según las fuentes de información requeridas.
  • Juicios de Evaluación: atribución de valor a la acción cognitiva y productiva del aprendiz.
  • Logro de Aprendizaje: son todos los juicios que el aprendiz debe alcanzar en relación con los Resultados de Aprendizaje.
  • Mediaciones Pedagógicas: recursos y materiales utilizados en el proceso de Enseñanza-Aprendizaje-Evaluación.
  • Método: manera ordenada y calculada para alcanzar el fin previsto.
  • Metodología: conjunto de procedimientos que permiten construir un método.
  • Modulo de Formación: núcleo de la Estructura Curricular unido a la Competencia Laboral.
  • Motivación para Aprender: aquello que impulsa al aprendiz para que alcance el Resultado de Aprendizaje.
  • Personalización: considera e integra en el proceso educativo las dimensiones social e individual de la personalidad.
  • Plan de Mejoramiento: documento en el que se consigna las acciones para que el aprendiz alcance los logros perdidos.
  • Portafolio de Aprendizaje: es el historial de aprendizaje del aprendiz, su desarrollo y su progreso.
  • Proceso de Enseñanza-Aprendizaje-Evaluación: sistema que se aplica para alcanzar los fines de la formación.
  • Proceso de Formación: actividades de Enseñanza-Aprendizaje-Evaluación para que el aprendiz logre los Resultados de Aprendizaje.
  • Proyecto de Formación: involucra a los aprendices en la solución de problemas y otras tareas.
  • Reconocimiento de Logros: es una tarea ejecutada por el instructor, en la que se reconocen los Resultados de Aprendizaje.
  • Resultados de Aprendizaje: evidencias que salen de cada competencia.
    Técnicas de Evaluación: son de carácter práctico y operativo y son respuestas al “como hacer”.
  • Unidad de Aprendizaje: permite que el instructor se oriente en el Proceso de Aprendizaje.
  • Valoración de Evidencias de Aprendizaje: valoración cualitativa o cuantitativa que hace el instructor a las evidencias de Aprendizaje al aprendiz.

CIRCULAR No. 16

Bogotá,
Para subdirectores de centro, coordinadores académicos y representantes de los aprendices.

Asunto: imposición de Medidas Formativas por faltas disciplinarias.
Cuando un aprendiz haga algo considerado como falta disciplinaria se debe llevar el siguiente procedimiento:

PRINCIPIOS RECTORES:

Los principios rectores de los procedimientos son los comunes a la emisión de todos los actos administrativos.

Publicidad: cuando se sanciona un procedimiento debido a faltas disciplinarias o académicas realizadas por el aprendiz, desde su inicio debe ser informado.

Contradicción: el aprendiz tiene derecho a hablar acerca de la falta cometida y a presentar pruebas para su defensa.

Presunción de Inocencia: todo procedimiento debe partir de la presunción de inocencia del aprendiz.

Valoración de Pruebas y Descargas: el Comité de Evaluación y Seguimiento y el Subdirector de Centro deben valorar las pruebas sobre la conducta del aprendiz y las de la defensa.

Motivación de la decisión: el Subdirector de Centro debe tener en cuenta las recomendaciones del Comité.

Proporcionalidad: las medidas deben imponerse proporcionalmente a la falta cometida.
Impugnación: a los aprendices que sean condicionados o que su matricula sea cancelada, pueden presentar la Reposición.

FALTAS DISCIPLINARIAS

El artículo 20 de la Resolución 0218 del 1° de noviembre de 1996 dispone:
Falta disciplinaria es la que tiene que ver con el comportamiento y que puede ser leve o grave.
La falta leve es la que no atenta contra la integridad física, moral y buenas costumbres de los miembros de la comunidad.

La falta grave es la que atenta contra la integridad física, moral y buenas costumbres de los miembros de la comunidad y la reincidencia de las faltas leves.

PROCEDIMIENTOS PARA APLICAR LA SANCION

Se debe tener en cuenta los siguientes parámetros:

Informe sobre los hechos que constituyen la falta disciplinaria: La persona que sea testigo de la supuesta falta deberá hacer un informe con: fecha, lugar y descripción de los hechos; relación de pruebas y firma.

Cuando imputación de hechos sea anónima, solo se hará trámite cuando haya pruebas.

El Coordinador Académico o el Subdirector convocara al comité y hará el siguiente trámite:

Comunicación a los aprendices implicados: La comunicación debe tener relación de la queja presentada, solicitud de presentación de descargos ante el Comité y la comunicación debe tener lo mismo que la comunicación de los aprendices implicados.

Comunicación a los miembros del Comité: el Subdirector o el Coordinador debe reunir a los miembros del Comité y la c comunicación debe tener lo mismo que la comunicación a los aprendices implicados.

Los hechos de la comunicación no deben ser tipificados y deben ser analizados.

Si el aprendiz presenta descargo por escrito, los miembros del Comité deben tener copia para que se analicen con suficiente antelación.

SESION DEL COMITÉ DE EVALUACION Y SEGUIMIENTO:

Llegada la fecha y hora de sesión del comité los miembros del mismo deberán debatir sobre la conducta que presuntamente vulnera los preceptos enunciados en el reglamento estudiantil.
Para tal efecto se deberá tener en cuenta los artículos 19 y 20 del citado reglamento.

MEDIDAS FORMATIVAS A IMPONER

FALTAS LEVES: si el comité de evaluación y seguimiento, concluye que la falta cometida es de las llamadas leves se deberá imponer el articulo 21 del reglamento así:

  • Llamada de atención verbal en privado
  • Llamada de atención por escrito
  • Establecimiento de un compromiso firmado por el alumno “incumplir el compromiso firmado por parte del alumno, constituye falta grave y conlleva a las sanciones pertinentes”

FALTAS GRAVES: El comité de evaluación y seguimiento impone las sanciones prevista en el artículo 22 del reglamento estudiantil.

EMISION DEL ACTO DE SANCION

La subdirección del centro deberá emitir acto administrativo motivado en donde adjunte la decisión de sanción, que puede apartarse de lo recomendado por el comité de evaluación y seguimiento.

El acto en comento deberá ser notificado personalmente al aprendiz y copia del acta y ser archivada en el expediente.

RECURSOS DE POSICION

Contra el acto de sanción es procedente interponer recursos de reposición dentro de los 5 días hábiles el cual será resuelto por el subdirector del centro.

COMITÉ DE EVALUACION Y SEGUIMIENTO

Conformado por el coordinador académico, los instructores que orientan el programa de formación, el respectivo representante de los aprendices, el trabajador social, el promotor de aprendices o de mercadeo, el psicólogo, el coordinador de internado y el capellán.
El comité de evaluación y seguimiento solo tiene aplicabilidad para las acciones de formación titulada.

FUNCIONES DEL COMITÉ:

  • Analizar el rendimiento académico y comportamiento de los aprendices durante el proceso de información.
  • Analizar los casos que están relacionados con cancelación de matricula.
  • Orientación del proceso enseñanza-aprendizaje-evaluación.

SEGUIMIENTO Y PLANES DE MEJORAMIENTO

El instructor al inicio de cada modulo informa al aprendiz sobre el proceso formativo que se desarrolla y acuerda el Plan de Formación y Evaluación. El instructor debe consolidar los resultados de la evaluación, precisar la valoración conceptual y registrarla en el formato (F1-001/08-05) “Seguimiento y evaluación” en el espacio correspondiente al Juicio de Evaluación.
Se requiere un proceso de enseñanza – Aprendizaje – Evaluación éste documentado. Por lo tanto, el instructor debe utilizar los formatos anexos a este documento, cuyos duplicados el Alumno archiva en el Portafolio de Aprendizaje:
El instructor asesora al Aprendiz en la organización del portafolio de aprendizaje el cual, esta conformado por:


  • Índice o Tabla de contenido
  • Hoja de vida del Alumno
  • Esquema de la estructura curricular y ubicación del modulo objeto de Formación
  • Evidencias de aprendizaje
  • Formatos tales como:

    - “seguimiento y Evaluación – Etapa lectiva”
    - “Plan de seguimiento y Evaluación – Etapa Productiva
    - “Plan de mejoramiento” (Etapa Lectiva y Etapa Productiva)
    - “Condicionamiento de matricula”
    - “Cancelación de matricula”
  • Solicitudes de revisión del juicio de Evaluación del Modulo de Formación.
  • Reconocimientos y Estímulos.

En la etapa lectiva, los instructores están en la obligación de informar de manera permanente al aprendiz sobre los avances en el proceso de formación, así como sobre los resultados finales (Juicio de Evaluación), tanto de los Módulos de Formación como de la estructura Curricular.

Cuando en el proceso de Enseñanza – Aprendizaje – Evaluación de un modulo de Formación, el alumno no alcanza los logros en suficiencia y calidad, el instructor programa y realiza actividades pedagógicas complementarias, como resultado del proceso y solo si persiste esta situación, produce a elaborar con el aprendiz un Plan de Mejoramiento que le permita obtener los Resultados de aprendizaje previstos en la Estructura curricular.

Los aprendices presentan las evidencias de aprendizaje en las fechas pactadas y de acuerdo con el Plan de Formación y Evaluación acordado. Su incumplimiento sin causa justificada con lleva al Condicionamiento de la Matricula y a la concertación del P LAN DE MEJORAMIENTO.
Los instructores solo acuerdan de nuevo el PLAN de FORMACION y EVALUACION en los casos de incumplimiento por motivos de salud o familiares previa presentación por escrito de las justificaciones respectivas.

El plan de mejoramiento, tanto de la Etapa Lectiva como Productiva, esta incluido dentro del tiempo de la ejecución de la formación y no se trata, en ningún momento, solo de la aplicación de nuevos instrumentos de evaluación.

En los casos en que el aprendiz no este de acuerdo con el resultado del Juicio de Evaluación, al final del Modulo de Formación, tiene derecho a:

  • Solicitar revisión ante el instructor
  • Solicitar un segundo Instructor para revisar las Evidencias de Aprendizaje recogidas, verificadas y valoradas durante el proceso de formación de dicho módulo.

ACTOS ADMINISTRATIVOS EN EL PROCESO DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION DEL APRENDIZAJE DEL ALUMNO:

presentan actividades conexas al proceso de Enseñanza Aprendizaje – Evaluación como el Condicionamiento y la Cancelación de Matricula.

1. Condicionamiento de la Matricula: Es el acto académico mediante el cual se oficializa al alumno las consecuencias de:

· No haber logrado los aprendizajes, por incumpliendo del Plan de Formación y Evaluación concertado, lo cual amerita Plan de Mejoramiento

· Haber cometido actos de indisciplina o de no conformidad, según el Reglamento de Alumnos casuales que implican Plan de Mejoramiento.

El instructor informa sobre la situación presentada al coordinador Académico con el fin de efectuar el Acto Académico respectivo. Al Condicionamiento del Registro de la Matricula debe haberle antecedido llamados de atención verbales y por escrito. El Coordinador Académico diligencia y firma el formato F1-005/08-05 para informar al aprendiz sobre el acto académico.

Una vez superada la casual del condicionamiento, prescribe este acto administrativo. Es importante señalar que no hay límites de condicionamiento por aprendiz, cuanto se pueden presentar en distintos Módulos de Formulación y cada uno de ellos es un evento independiente.

Cuando un aprendiz presente esta situación de manera frecuente, el Comité de Evaluación y Seguimiento puede recomendar acciones de orientación con especialistas, con el fin de encontrar la mejor solución al problema identificado.

2. Cancelación de Matricula: Las casuales de cancelación del Registro de Matricula son:

· Incumplimiento del Contrato de Aprendizaje, en cualquiera de sus cláusulas.

· Renuncia del alumno a la empresa sin autorización del Control de Evaluación y Seguimiento.

· Terminación unilateral del Contrato de Aprendizaje, con causa justificada, por parte de la empresa.

· Incurrir en faltas graves, según Reglamento para Alumnos del SENA.

· Reincidencia de la causal que originó el condicionamiento en el mismo evento formativo, es decir, durante el Modulo de Formación.

Cancelar la matricula equivale a que el aprendiz es retirado del proceso formativo durante un periodo que puede cubrir entre seis (6) y doce (12) meses, de acuerdo con la decisión tomada por el Subdirector de Centro, previo estudio de la situación, realizada por el comité de Evaluación y Seguimiento.

Una vez cumplida la sanción, el acto administrativo prescribe y el alumno que desee continuar en la institución puede inscribirse en la misma Estructura Curricular o Programa de Formación, o si es de su interés en otro diferente y someterse al otro proceso de selección respectivo.

PARA DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTRO

Asunto: imposición de medidas formativas

-Esto se realiza con el fin de darle solución a las dudas presentadas a la dirección por parte de los directores y subdirectores del SENA las cuales hablan sobre los respectivos procedimientos de evaluación o medidas formativas.
En el capitulo IV se establece las normas reguladoras de comportamiento y asistencia.

TIPOS DE FALTAS

A) Faltas académicas: estos se presentan cuando el aprendiz no cumple con los logros propuestos por el comité de evaluación esto se manifestó como incumpliendo de los deberes académicos y ameritan medidas formativas desde la valoración deficiente de un modulo hasta la cancelación del registro académico durante (6) meses

EXISTEN DOS TIPOS DE FALTAS ACADEMICAS

☻ Por valoración deficiente: este tipo de falta se puede configurar únicamente al finalizar cada modulo en el momento de la evolución que efectúa el instructor.

☺ Solo procede la cancelación de matricula por valoración deficiente en la formación cuando el aprendiz sea reincidente en el bajo rendimiento es decir cuando no aya logrado los aprendizajes o competencias que requiere le modulo respectivo. Mínimo después de dos(2) planes de mejoramiento en un mismo modulo y del condicionamiento de la matricula la imposición de la cancelación déla cancelación de la matriculador deficiencia del aprendiz en la valoración de la formación. La sanción debe ser gradual y progresiva.

☻ Por inasistencia: la asistencia es obligatoria para los aprendices SENA
Se ha determinado que se configura una falta académica por inasistencia, que puede conllevar al condicionamiento de matricula, cuando se presenta una las siguientes circunstancias:

-Retardos sistemáticos y sin justificación por parte del aprendiz

-se presenta inasistencias sistemáticas y sin justificación que no superen el 10% del bloque modular.

-ausencia injustificada por un termino menor de tres días

*Por otra parte las faltas académicas por inasistencia conllevan la cancelación de matricula. Cuando se presentan las siguientes situaciones:

-la inasistencia justificada a la acción formativa durante tres (3) días seguidos.

-la inasistencia justificada a loa formación durante periodos equivalentes al 10% o mas de la duración del modulo.

Se debe aclara que la asistencia justificada al 15% o mas del modulo podra dar lugar al condicionamiento de matricula o aplazamiento de la formación

B) faltas disciplinarias: Son las que tienen directa relacion con el comportamiento de aprendiz estos comportamientos se pueden constituir como: faltas leves y faltas graves dependiendo de la magnitud de sus consecuencias.

-faltas leves: esta son las que ameritan tres tipos de medidas formativas: llamado de atención verbal y en privado, llamado de atención por escrito y el establecimiento de un compromiso las cuales son aplicadas directamente por el instructor o el coordinador de disciplina

-faltas graves: Séle llama graves alas faltas que contienen un grave atentado a la integridad física, moral y buenas costumbres de otro aprendiz instructor o personal administrativo y de planta

Luego de que el aprendiz cometa estas faltas séle debe realizar un debido proceso el cual inicia por darle a conocer la falta a ambas parte del problema segundo séle dará a conocer las pruebas y evidencias con las cuales están sustentando su culpabilidad y tendrá derecho a defender ce contando su versión de los hechos luego se seguirá con la valoración de las pruebas las cuales están a cargo del subdirector de centro luego vendrá la motivación de la decisión en ella se le permite al aprendiz incriminado presentar sus descargos de nuevo esto viene seguido de la impugnación esta se encarga de garantizar la transparencia y el planeamiento del debido proceso y por ultimo luego de una decisión del proceso se deberá informarle al aprendiz sobre su sanción si es el caso o sobre su razón sobre las cosas.

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